Obligaciones del Sector de la Restauración
La Higiene Alimentaria

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Definición
La Higiene Alimentaria se define como: "Las medidas y condiciones necesarias para controlar los peligros y garantizar la aptitud para el consumo humano de un producto alimenticio teniendo en cuenta la utilización prevista para dicho producto".

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Alcance
La Unión Europea pretende garantizar la higiene de los alimentos en todas las fases del proceso de producción, desde las explotaciones agrícolas hasta el consumidor final.

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Objetivo
El objetivo principal es asegurar la salud pública mediante prácticas higiénicas en toda la cadena alimentaria.
Reglamentación Nacional y Europea

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Elaborar Sistema de Autocontrol
Planes Generales de Higiene o APPCC según el Reglamento (CE) nº 852/2004 de 29 de abril de 2004.

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Formación en manipulación de alimentos
De acuerdo con el Reglamento (CE) nº 852/2004 de 29 de abril de 2004.

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Elaboración de Plan de Alérgenos
Adaptado y actualizado a la empresa, según el Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

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Inscripción en Registro Sanitario
Conforme al Decreto 158/2016, de 4 de octubre, que modifica el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, regulando el procedimiento de autorización sanitaria y la comunicación previa de inicio de actividad de empresas y establecimientos alimentarios, creando el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.
Real Decreto 1086/2020

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Regulación de condiciones de higiene
De 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

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Flexibilización de normas
Este decreto busca adaptar las normas europeas a la realidad del sector alimentario español.

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Actividades excluidas
Se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación.
Real Decreto 1021/2022
Requisitos de higiene
De 13 de diciembre, por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en establecimientos de comercio al por menor.
Enfoque en comercio minorista
Este decreto se centra específicamente en los establecimientos de venta al por menor, adaptando las normas a su realidad operativa.
Garantía de seguridad alimentaria
Busca asegurar que incluso los pequeños comercios cumplan con estándares adecuados de higiene y seguridad alimentaria.
Infracciones y Sanciones
Las infracciones son clasificadas como leves, graves y muy graves, suponiendo las siguientes sanciones:
* Pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.
Según Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.